CASACIÓN n.° 66-2010
Sala Penal Permanente, Puno, 26.04.2011

¿Cuándo inicia el plazo de diligencias preliminares?

El plazo de las diligencias preliminares se contabiliza en: ¿días naturales? ¿días hábiles?

Iván Gómez Torres[1]

 

En primer lugar, tenemos que el imputado impugnante propone a debate a los jueces supremos ¿Cuándo inicia el plazo de diligencias preliminares?

Se le brinda respuesta, pero no lo convierten en vinculante, así que lo tomaremos como relevante. La respuesta se basa en que debe analizarse desde que el fiscal “tiene conocimiento del hecho punible”, y no desde la comunicación al encausado de la denuncia, véase el fundamento jurídico n.° 7.

Dicha contabilización también se advierte en el fundamento jurídico n.º 5 de la Casación 144-2012, Ancash, SPP, 11.07.2013.

Procedo a explicar con un ejemplo:
1. Julio efectivo policial envía informe a fiscalía el 01.01.2020.
2. Fiscalía recibe el informe 01.02.2020.
3. Fiscalía emite disposición fiscal de apertura de investigación preliminar el 01.03.2020.
4. Notifican al imputado, encausado el 01.04.2020.

Pregunta: ¿Desde cuándo inicia las diligencias preliminares?
Nuestra posición es que inicia desde que fiscalía toma conocimiento y esto lo hace desde que recepciona el informe policial el 01.02.2020.

En segundo lugar, los jueces supremos sí muestran preocupación en fundamentar que el plazo de las diligencias preliminares se contabiliza en días naturales, precisando lo siguiente [este razonamiento es vinculante, véase los fundamentos jurídicos 5 y 6]:
1. El artículo 183 del Código Civil, recomiendo también tomar en cuenta el artículo 184 CC.
2. En la Casación n.° 2-2008, 03.06.2008 se precisa que las diligencias preliminares son de 20 días naturales.

La anécdota de la presente ejecutoria suprema vinculante es que no se encuentra colgada en la página web del Poder Judicial, lo hemos tenido que ubicar en la recopilación que realiza MINJUS.

Descarga la resolución suprema en PDF con un clic: Casación n.° 66-2010 SPP

Por último, compartimos información en cuanto a ley, doctrina y jurisprudencia sobre investigación preliminar: https://ivangomeztorres.com/investigacion-preliminar/ 

[1] Abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Reseña elaborada el 15.03.2024. Web principal como abogado www.ivangomeztorres.com/abogado.penalista