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Casación n.° 3190-2023
– Sala Penal Permanente, Madre de Dios, 12.03.2026
– Se declara inadmisible aplicando el principio del doble conforme entre otros argumentos.
– Se aplica el art. 428.1.d CPP.
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Argumentos para declarar inadmisible: sumilla
1. La casación se formula con acceso ordinario.
2. Se aplica el principio del doble conforme para declarar inadmisible que implica aplicar:
2.1. Art. 428.1.d.CPP
2.2. Art. 386.2.b CPC
2.3. Primera Disposición Complementaria y Final del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria del CPC.
Argumentos para declarar inadmisible: principio del doble conforme - ¿Qué es?
1. Se desarrolla en FJ 4 hasta 7.
2. Casación 2485-2023, Ica, 30.01.2026, publicado el 05.02.2026, FJ 9 al 15. De donde se afirma:
2.1. El art. 429.1.d CPP contiene 03 supuestos de inadmisibilidad independientes:
a) falta de gravamen, cuando el recurrente consiente la resolución adversa de primera instancia.
b) los efectos del principio del doble conforme
c) el principio de unidad de alegaciones, o proscriptio per saltum
Se resume dicha casación en FJ 6 y 7.
Nota: revisé el diario oficial en la sección precedente (https://diariooficial.elperuano.pe/Jurisprudencia) y no ubique la casación.
Mi revisión está retrocediendo, me quede en el año 2023.
Busqué en la sección casaciones (https://diariooficial.elperuano.pe/Casaciones) y no se ubica dicha resolución
Argumentos para declarar inadmisible: Análisis del recurso
Se trata de una condena por el delito de violación sexual, de 20 años de pena y 5 mil soles de reparación civil.
1. Se aplica el principio del doble conforme. FJ 10.
1.1. Se confirmó la condena en segunda instancia de forma integral y unánime, FJ 9.
También es inadmisible por lo siguiente:
2. No se señala la causal prevista en el art. 429 CPP (FJ 11).
3. Realiza cuestionamientos genéricos:
3.1. Cuestiona la audiencia de incautación de bienes.
3.2. Cuestiona ausencia de valoración de medios de prueba.
Pero:
1) Sin especificar cuál sería la irregularidad del juez, con incidencia o trascendencia en la sentencia condenatoria.
2) No identifica los medios de prueba que fueron omitidos en la valoración.
Si bien:
Sostiene insuficiencia probatoria, restando mérito:
1) A la pericia médico legal de agraviada porque sólo hay una lesión traumática extragenital.
2) Al acta de inspección policial por no haber contado con un abogado de su libre elección
Sin embargo:
Existe un acto de violencia sexual en un contexto de violencia y forcejeo y resistencia:
4. La agraviada tiene lesión y tumefacción de 1 cm de diámetro en la parte central de la región occipital de la cabeza
5. El condenado presentó excoriación ungueal al lado derecho del cuello, compatible con uña humana.
